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Atención Socio- sanitaria
La Ley de Cohesión y Calidad se aprobó en el año 2003 con el apoyo de todos los grupos políticos y con ella se reguló por primera vez la atención socio-sanitaria, comprendiendo el conjunto de cuidados destinados a aquellos enfermos, generalmente crónicos que por sus especiales características pueden beneficiarse de la actuación simultánea y sinérgica de los servicios sanitarios y sociales para aumentar su autonomía, paliar sus limitaciones o sufrimientos y facilitar su reinserción social.
La Ley contemplaba también que la atención socio-sanitaria debe comprender los cuidados sanitarios de larga duración, la atención sanitaria a la convalecencia y la rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable. Y por si todo esto fuera poco, se establecía en la norma que el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud incluiría la atención socio-sanitaria. Han pasado más de seis años y la Ley no se ha desarrollado. Cuando en el año 2006 se aprueba la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, reiteramos la necesidad de desarrollar la prestación socio-sanitaria. La asistencia que hay que prestar tiene que tener un carácter integral, multidisciplinar y rehabilitador; debe contemplar aspectos clínicos, sociales y familiares e incluir cuidados prolongados y continuados. Estoy hablando de un modelo asistencial sanitario y social, equitativo y accesible, con capacidad de adaptarse y ser flexible para dar la atención adecuada en cada momento y teniendo a la persona como eje del modelo. No tengo nada en contra de los Libros Blancos, pero a estas alturas y si queremos ser realmente eficaces, lo que necesitan los pacientes sólo se resuelve, mojándose de una vez por todas y regulando ya la cartera de servicios socio-sanitarios. Publicado en La Razón Suplemento A tu Salud
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